Catálogo General 2024-2025

Concentración Menor

Es el conjunto de cursos relacionados que complementa el programa académico del estudiante. Tiene el propósito de proveer al estudiante la oportunidad de explorar áreas de interés personal y profesional, distintas o complementarias a su programa de estudios. El estudiante deberá declarar la concentración menor, derivada o particular, autorizada en el Catálogo General vigente, durante sus estudios de concentración principal o mayor. La Universidad certificará un máximo de dos concentraciones menores. Estas no están permitidas en los grados de asociados y no son conducentes a grados universitarios.

Solo los estudiantes admitidos a la Universidad que hayan declarado su programa de bachillerato de interés pueden declarar la concentración menor. Toda declaración de concentración menor requerirá la aprobación del consejero académico o del director del departamento de la unidad académica que ofrece la concentración menor. Esta declaración deberá hacerse con anterioridad a la solicitud de graduación

El estudiante deberá completar los requisitos de la concentración menor, antes o al mismo tiempo en que completará los requisitos del grado. Si un estudiante hubiese completado los requisitos de su programa de estudios, no podrá declarar una concentración menor.

Una concentración menor consistirá de un mínimo de 18 créditos y un máximo de 27 créditos.

Se requiere una calificación mínima de C en los cursos de la concentración menor para la certificación correspondiente. El estudiante cumplirá con la norma de progreso académico satisfactorio, la norma de retención, si aplica, y el tiempo máximo permitido para completar su programa de estudio.

Si el estudiante desea que la concentración menor aparezca certificada en su transcripción, deberá optar formalmente por la misma, mediante la radicación del formulario apropiado, en uno de los recintos autorizados para ofrecer el grado. El estudiante debe tomar al menos un curso en el recinto que certifica la concentración menor.

Los cursos que pertenezcan a un programa académico que requiera tomar una reválida para ejercer la profesión no deberán utilizarse para una concentración menor, si esto interfiere con las exigencias de esa certificación