Transcripción de Créditos
La Transcripción de Créditos es un documento oficial que refleja el historial académico de cada estudiante en nuestra Institución.
Este documento oficial refleja elementos como:
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Datos del estudiante.
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Programa de estudios, concentraciones menores o especializaciones tomadas por el estudiante.
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Grado otorgado y fecha en que se confirió.
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Cursos transferidos y cursos tomados en nuestra institución con calificaciones o anotaciones administrativas, organizados por términos académicos.
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Promedio general por término académico y el acumulativo.
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Estatus de la Norma de Progreso Académico Satisfactoria.
Existen dos tipos de transcripciones de créditos solicitadas por los estudiantes, oficial y no oficial. Estas transcripciones pueden ser emitidas en formato electrónico o en papel especial de seguridad. La versión electrónica en formato PDF, contiene un mecanismo de seguridad digital.
La transcripción de créditos oficial se emite para solicitudes de traslados a otras instituciones educativas, proseguir estudios, completar requisitos de agencias certificadoras o propósitos de empleo, entre otros. La versión electrónica, se considera un documento oficial. En ningún caso la transcripción de créditos oficial solicitada para estos fines será entregada al estudiante.
La transcripción de créditos no oficial es para uso personal del estudiante. La misma puede ser entregada a la mano, enviada por correo postal o solicitada electrónicamente.
La transcripción de créditos está disponible a los estudiantes, quienes podrán obtenerlas en la Oficina de Registraduría o a través del portal para estos fines. Estas se envían directamente a la dirección provista por el estudiante en la solicitud. El costo de la transcripción de créditos es publicado en el Boletín Oficial de costos de la Institución.
El estudiante puede autorizar a otra persona para que solicite la transcripción de créditos. Esto será mediante una autorización escrita firmada por el estudiante y deberá presentar identificación con foto vigente de ambas personas.
La transcripción de créditos en papel se procesará dentro de un tiempo razonable que no debe exceder, en circunstancias normales, de diez días laborables, a partir de la fecha en que la solicitud se reciba en la Oficina de Registraduría. En la versión electrónica se procesará en menos tiempo.
Para los estudiantes cuyo expediente se encuentre inactivo, previo al 1995, requerirá un plazo de tiempo mayor. Esto aplica a la transcripción de créditos en papel que debe ser solicitada en alguna unidad académica.
No se emiten transcripciones de créditos a estudiantes que tengan algunas restricciones en su expediente.