Admisión Provisional a Programas de Doctorado
Todo estudiante que no haya satisfecho los requisitos de cursos de bachillerato o de maestría para ingresar a un programa de doctorado podrá ser admitido en forma provisional. El estudiante deberá cumplir con estos requisitos, con una calificación mínima de B, antes o durante el término en que apruebe sus primeros 12 créditos doctorales.
Además, tendrá hasta el inicio del próximo término de matrícula para cumplir con otros documentos requeridos en su admisión provisional.
En caso de que un estudiante tenga dificultad en obtener la certificación de graduación u otros documentos oficiales requeridos por la Institución, podrá ser considerado para una admisión provisional, si cumple con los requisitos de admisión y puede someter copia de los documentos requeridos o versiones accedidas electrónicamente. El estudiante podrá ser admitido otorgándosele un término de hasta 30 días para someter la documentación correspondiente. El ejecutivo principal de la unidad podrá extender ese período por justa causa. Del estudiante no cumplir con lo requerido al concluir la extensión, se le dará de baja.