Catálogo Programa Certificados Técnicos 2024-2025

Servicios para Veteranos, Militares y Dependientes

La institución está aprobada por la Agencia Aprobadora de Servicios Educativos a Veteranos para brindar capacitación académica a los estudiantes bajo los diversos programas GI Bill®. "GI Bill®” es una marca registrada del Departamento de Asuntos al Veterano (VA). Los estudiantes elegibles que deseen matricularse y recibir los beneficios educativos disponibles deberán radicar sus solicitudes a través del portal del Departamento de Asuntos al Veterano (VA).

Los estudiantes elegibles, tienen derecho a disfrutar de estos beneficios únicamente por el periodo de estudios requerido para completar su programa académico según dispuesto por este Catálogo de acuerdo con la legislación y reglamentación aplicable. El tiempo de estudio requerido para completar un programa académico depende del número de créditos de este, de la naturaleza de los cursos y del número de créditos que tome el estudiante cada término de estudios.

El estimado del periodo de estudios requeridos se obtiene dividiendo el total de créditos del programa entre 15, que es el promedio de créditos de la tarea regular semestral. Los semestres de estudio se acumulan, según se indica a continuación:

Término Clasificación del estudiante Semestres de estudio en por ciento
Semestre
Tarea Completa 100.0
Tarea Parcial 50.0
Trimestre
Tarea Completa 66.7
Tarea Parcial 33.3
Bimestre
Tarea Completa 50.0
Tarea Parcial 25.0

 

Una persona cubierta es cualquier persona que tiene derecho a recibir asistencia educativa según el capítulo 31, Veterans Readiness and Employment y capítulo 33, Post-9/11 GI Bill®. “GI Bill®” es una marca registrada del Departamento de Asuntos al Veterano (VA).

Nuestra política permite que cualquier individuo cubierto asista o participe en el curso de educación durante el período que comienza en la fecha en que el individuo proporciona a la institución educativa un certificado de elegibilidad para tener derecho a asistencia educativa bajo el capítulo 31 y capítulo 33. Un “certificado de elegibilidad” también puede incluir una “Declaración de beneficios” obtenida del sitio web del Departamento de Asuntos al Veterano (VA) - eBenefits, o un formulario VAF 28-1905 para fines de autorización del capítulo 31) y que finaliza en la primera de las siguientes fechas:

1. La fecha en la que se realiza el pago de VA a la institución.

2. 90 días después de la fecha en que la institución certificó la matrícula y las tarifas después de recibir el certificado de elegibilidad.

Nuestra política garantiza que nuestra institución educativa no impondrá ninguna sanción, incluida la evaluación de cargos por pagos atrasados, la denegación de acceso a clases, bibliotecas u otras instalaciones institucionales, o el requisito de que una persona cubierta pida prestado fondos adicionales a cualquier persona cubierta debido a la incapacidad de la persona para cumplir con sus obligaciones financieras con la institución debido al retraso en el desembolso de fondos de VA según el capítulo 31 y capítulo 33.